Hay un articulo de Wikipedia que habla sobre la legalidad en ciertos países en cuanto al contenido pornografico sobre personajes ficticios menores de edad, dicha página menciona a México y lo categoriza en el punto legal justificandose bajo el Articulo 13(3) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en la página de la OEA viene ese artículo.
También menciona el articulo 1ro de la Constitución Mexicana donde se prohíbe la discriminación por tener cualquier preferencia sexual (en este caso dibujos sexuales de menores ficticios).
No se hasta donde te pueda proteger esto en un tribunal por tener a la Kanna Kamui desnuda en la galería del celular pero vamos, tan sencillo como evitar el contenido que haga daño a alguien, como pornografía infantil real o dibujos sexuales basada en alguna persona que no pueda dar consentimiento, de igual manera no es como que salgas a la calle a gritar que te gusta el Lolicon.
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